martes, 22 de noviembre de 2016

PROPIEDAD Y DOMINIO

El derecho de domino o propiedad es aquel derecho real que tenemos sobre cosas corporales,  incorporales y sobre la producción de nuestro intelecto (derechos de autor), para gozar  y  disponer de dichas cosas de manera que esta disposición no sea contra la ley o contra un derecho de otra persona.

Por ejemplo, un ejemplo de propiedad de una cosa corporal es, Pedro es dueño de su casa, y puede gozar de ella y dispone de la facultad de venderla, donarla, etc. Respecto al derecho de propiedad de cosas incorporales el artículo 670 del código civil dice lo siguiente:

“sobre las cosas incorporales hay también una especie de propiedad. Así el usufructuario tiene la propiedad de su derecho de usufructo”

La propiedad intelectual, es por ejemplo, la creación de un libro hecho por Juan, dicho libro es producto de su intelecto por lo tanto la propiedad de dicha obra es de Juan; la propiedad intelectual se rige por normas especiales.

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